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En junio de 2002 se presentó el Protocolo de prevención de lasmutilaciones genitales femeninas. Era el resultado del trabajointerdisciplinario de la Comisión de Personas Expertas que habíarecibido el encargo por parte del Parlamento de Cataluña dediseñar un plan de acción contra la práctica de las mutilacionesrituales femeninas en Cataluña. En la sesión del 20 de junio de2001, el Parlamento aprobó la Resolución 832/VI, sobre laadopción de medidas contra la práctica de mutilaciones ritualesgenitales femeninas, que la Comisión de Política Social habíaestudiado en el texto de la Proposición no de ley presentada portodos los grupos parlamentarios.Durante estos años de funcionamiento del Protocolo ha habidomodificaciones importantes en los textos legales. Por un lado, seha tipificado como delito la mutilación genital en el Código Penal,y, por otro, ha habido cambios en los criterios de extraterritorialidaden la ejecución de este delito, por la modificación de la Leyorgánica del poder judicial (LOPJ).Estos cambios legislativos, y la aplicación real y eficiente delProtocolo después de unos años, han hecho necesario que laComisión de Seguimiento lo revisara para mejorar su funcionamiento,adaptando los circuitos a las nuevas realidades sociales yjurídicas, y, sobre todo, incorporando el papel de las comunidadesy de las asociaciones como eje clave para prevenir esta prácticaancestral.En el Protocolo se han previsto las acciones para prevenir esta práctica, promoviendo la información,la formación y el respeto por los derechos humanospara la prevención como líneas de actuación. La intervenciónjudicial es, en cualquier caso, el último recurso que debeutilizarse ante la conducta que se quiere evitar.